Estatutos del Interact Club Prepa Federal de Salina Cruz, Oaxaca. México.
ARTÍCULO I — Nombre
El nombre de esta organización será Club Interact Prepa Federal de Salina Cruz, Oaxaca. México.
ARTÍCULO II — Propósito y metas
El propósito de Interact es brindar a los jóvenes la oportunidad de trabajar unidos dentro del marco de una asociación mundial dedicada al servicio y a la comprensión internacional.
Las metas de Interact son:
1. Reconocer y desarrollar las condiciones de liderazgo y la integridad personal.
2. Fomentar y practicar la consideración y la ayuda a los demás.
3. Crear conciencia de la importancia que tienen el hogar y la familia.
4. Inculcar el respeto por los derechos de los demás en base al reconocimiento del valor de cada individuo.
5. Acentuar la aceptación de la responsabilidad individual como base del éxito personal, del mejoramiento de la comunidad y del logro colectivo.
6. Prepararse para la vida, mediante el aprendizaje de técnicas para el desarrollo personal, la administración del tiempo y la gestión de asuntos financieros personales.
7. Reconocer la dignidad y el valor de toda ocupación útil como medio de servir a la sociedad.
8. Brindar oportunidades para adquirir mayor conocimiento y comprensión de los asuntos locales, nacionales y mundiales.
9. Abrir caminos para la acción personal y colectiva que conduzcan al progreso de la comprensión internacional y de la buena voluntad hacia todos los pueblos.
ARTÍCULO III — Patrocinio
1. El patrocinador de este club Interact es el Rotary E-Club de Latinoamérica de el cual, mediante un comité de no menos de cinco rotarios, ejercerá la vigilancia y control de todas las actividades, programas y normas de este club Interact. La existencia y el funcionamiento eficaz de este club Interact dependerá de la activa participación personal del club rotario patrocinador.
En el caso de un club Interact compuesto solamente por mujeres, el comité deberá incluir entre sus componentes, a una o más mujeres responsables como miembros ex officio.
2. Este club no es parte del club rotario patrocinador, ni sus socios tienen derecho o privilegio alguno con respecto a éste.
ARTÍCULO IV — Socios
1. Para poder ingresar al club Interact, el aspirante debe tener buena reputación y poseer aptitudes para desempeñarse como dirigente y:
(a) en un club organizado en una escuela, ser estudiante preuniversitario o a nivel de secundaria o tener entre 12 y 18 años de edad;
(b) en un club organizado en la comunidad, tener entre 12 y 18 años de edad.
2. El cuadro social estará integrado, según lo decida el club rotario patrocinador, únicamente por hombres, únicamente por mujeres, o por hombres y mujeres en cualquier proporción.
3. Este club, previa consulta con el club rotario patrocinador, elegirá el método para la elección de socios. Cuando se trate de un club Interact conectado con una escuela, el método que se use en la elección de nuevos socios deberá contar con la aprobación de las autoridades escolares.
4. Todo socio de este club deberá asistir a, por lo menos, el 60% de las reuniones ordinarias del club.
5. La condición de socio terminará automáticamente:
(a) al mudarse el socio de la comunidad;
(b) en un club conectado con una escuela, al graduarse el socio o al dejar éste de pertenecer, durante cualquiera de los cuatro años que preceden a la carrera universitaria, a la escuela situada en la localidad de la que procede el cuadro social o, en un club organizado en la comunidad y no afiliado a una escuela, al graduarse o llegar a los dieciocho años;
(c) por disolución del club; o
(d) por no cumplir con los requisitos de asistencia, a menos que hubiera sido eximido por la junta directiva de este club por motivo justificado y suficiente.
6. La condición de socio puede ser rescindida por motivo justificado según las disposiciones adoptadas por el club al respecto, mediante el voto de no menos de las dos terceras partes de todos los socios en pleno uso de sus derechos.
ARTÍCULO V — Reuniones
1. El club se reunirá por lo menos dos veces al mes, como se dispone en el reglamento, en el lugar y hora más convenientes para los socios, teniendo en cuenta sus obligaciones escolares.
2. La junta directiva se reunirá como se dispone en el reglamento. En el caso de un club organizado en la comunidad, no será considerada oficial ninguna reunión del club ni de su junta directiva a menos que asista a ella un miembro del Comité de Interact del club rotario patrocinador. En el caso de un club organizado en una escuela, no será considerada oficial ninguna reunión de la junta directiva a menos que asista a ella un miembro del Comité de Interact del club rotario patrocinador.
3. Las reuniones del club y de la junta directiva pueden ser canceladas durante días feriados o períodos de vacaciones, a discreción de la junta directiva y con la aprobación del club rotario patrocinador.
ARTÍCULO VI — Funcionarios y directores
1. Los funcionarios de este club serán: un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y los otros funcionarios que el reglamento estipule.
2. La junta directiva será el organismo que rige al club y estará compuesta por el presidente, el vicepresidente, el secretario, el tesorero y los directores adicionales cuyo número será determinado por este club con la aprobación del club rotario patrocinador,
todos elegidos de entre los socios del club en pleno uso de sus derechos. Toda decisión y todo acuerdo, tanto de la directiva como del club, estarán sujetos a la autoridad del club rotario patrocinador, a las disposiciones de estos estatutos y a las normas establecidas por Rotary International.
Si el club está conectado con la escuela, estará sujeto a las mismas reglas y normas establecidas por las autoridades escolares para todas las organizaciones estudiantiles y actividades extraescolares.
La junta directiva tendrá control general sobre todos los funcionarios y comités y podrá, por causa justificada, declarar vacante cualquier cargo. Las decisiones de los funcionarios y los acuerdos de los comités serán apelables ante la junta directiva.
3. La elección de funcionarios y directores será hecha por un procedimiento compatible con los usos y costumbres locales, pero en ningún caso se requerirá, para decidir una elección, más que el voto de la mayoría de los socios presentes, en pleno goce de sus derechos.
La duración del cargo de los funcionarios y directores será un año, a menos que el reglamento disponga un período más corto. No podrá establecerse un período menor de un año para la duración de un cargo sin autorización escrita de Rotary International.
ARTÍCULO VII — Actividades y proyectos
1. Dentro de los límites estipulados en la Sección 1 del Artículo III, este club será responsable del planeamiento, organización, financiamiento y conducción de sus actividades y suministrará el dinero, el potencial humano y la imaginación creadora que aquéllas requieran, excepto que en el caso de proyectos o actividades conjuntas emprendidas en cooperación con otras organizaciones, tal responsabilidad será compartida con dichas organizaciones.
2. Entre sus actividades, este club emprenderá por lo menos dos proyectos principales al año: uno destinado a servir a la escuela o a la comunidad y el otro a promover la comprensión internacional. En cada proyecto deberán participar todos o la mayoría de los socios del club.
3. El objetivo del servicio internacional en Interact es animar y fomentar el avance de la comprensión, la buena voluntad y la paz internacionales, mediante un compañerismo mundial de la juventud unida en el ideal de servicio. El objetivo del servicio en la comunidad y en la escuela es animar y fomentar la aplicación del ideal de servicio por cada socio del club Interact a su vida personal, su vida dentro de la comunidad y su vida dentro de la escuela.
4. Es responsabilidad del club recaudar los fondos necesarios para llevar a cabo su programa. No solicitará o aceptará más que ocasional o accidental ayuda económica de su club rotario patrocinador, ni hará solicitudes en general a los otros clubes rotarios
o clubes Interact, ni solicitará asistencia económica de individuos, negocios u organizaciones en la comunidad sin dar alguna cosa de valor en retorno por tal ayuda.
ARTÍCULO VIII — Comités
1. En el reglamento de este club se dispondrán los siguientes comités permanentes: de comprensión internacional, de servicio, de finanzas, del club y aquellos otros comités permanentes que se estimen necesarios o convenientes para la administración
del club.
2. El presidente, con la aprobación de la directiva, podrá nombrar los comités especiales que él estime necesarios, determinando sus deberes en el momento de nombrarlos. Tales comités especiales dejarán de existir al concluir sus deberes, al ser disueltos por el presidente que los nombró o a la terminación de su período en el cargo, lo que primero ocurra.
ARTÍCULO IX — Cuotas
Toda cuota adicional que se exija a los socios de este club será módica y se destinará solamente a los gastos de administración del club. Los fondos para las actividades y proyectos que el club emprenda se recaudarán por otros medios.
ARTÍCULO X — Aceptación de los Estatutos y Reglamento
El socio, mediante su incorporación al club y mientras conserve su calidad de tal, se compromete a aceptar los principios de Interact tal como constan en la enunciación de su propósito y metas, y a cumplir con lo que dispongan los estatutos y el reglamento
de este club. Sólo bajo estas condiciones el socio podrá disfrutar de todos los derechos que su afiliación al club le confiere. Ningún socio será dispensado de cumplir con los estatutos y el reglamento bajo pretexto de no haber recibido copia de los mismos.
ARTÍCULO XI — Reglamento
Este club adoptará el Reglamento modelo para los clubes Interact, junto con las enmiendas que no sean incompatibles con estos statutos y que se estimen necesarias o convenientes para el gobierno del club, siempre que tales enmiendas sean adoptadas de acuerdo con el procedimiento respectivo prescrito en el Reglamento modelo para los clubes Interact.
ARTÍCULO XII — Emblema
El emblema de Interact será reservado para el exclusivo uso y beneficio de los socios de Interact. Todo socio de Interact tendrá derecho a usar o exhibir el emblema de Interact de manera digna y apropiada durante el período que dure su calidad de socio.
Al terminar su calidad de socio o al disolverse el club, renunciará a tal derecho.
ARTÍCULO XIII — Duración
Este club existirá siempre que continúe funcionando de acuerdo con las disposiciones de estos estatutos y las normas relacionadas con Interact establecidas por Rotary International, o hasta cuando sea disuelto:
a) por propia determinación y acuerdo de este club;
b) por el club rotario patrocinador al retirarle su patrocinio; o
c) por Rotary International por no funcionar de acuerdo con estos estatutos o por otra causa.
Al disolverse el club, éste y todos sus socios, individual y colectivamente, renunciarán a todos los derechos y privilegios relacionados con el nombre y el emblema de Interact.
ARTÍCULO XIV — Enmiendas
Estos estatutos pueden ser enmendados solamente por acuerdo de la Junta Directiva de Rotary International. Toda enmienda al Reglamento modelo para los clubes Interact aprobada por la Junta Directiva de Rotary International automáticamente modifica las disposiciones de estos estatutos.
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