Reglamento del Interact Club Prepa Federal de Salina Cruz, Oaxaca. México.
ARTÍCULO I — Elecciones
1. La elección para los cargos de presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y directores se celebrará anualmente con antelación al . Los funcionarios elegidos tomarán posesión de sus cargos el (fecha) (fecha).
2. Las propuestas para cada cargo se harán por escrito o de viva voz. Se votará por los candidatos en la reunión ordinaria que siga a la reunión en la cual se hicieron las propuestas. La votación será secreta por medio de papeletas. Los candidatos que reciban la mayoría de los votos emitidos por los socios presentes y en pleno uso de todos sus derechos, serán elegidos.
3. Además del presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, se elegirán directores.
ARTÍCULO II — Deberes de los funcionarios
1. Presidente. Este funcionario presidirá las reuniones ordinarias y extraordinarias del club y de la junta directiva. Podrá, con aprobación de la directiva, nombrar todos los comités permanentes y especiales y en el caso de producirse una vacante en la junta directiva podrá, con aprobación de la directiva, llenar tal vacante haciendo un nombramiento hasta cuando tenga lugar la siguiente elección ordinaria del club. El presidente es miembro ex officio de todos los comités.
2. Vicepresidente. Este funcionario sucederá al presidente en su cargo en caso de que éste, por cualquier circunstancia, tuviera que abandonarlo y, en ausencia del presidente, presidirá todas las reuniones del club y de la directiva.
3. Secretario. Este funcionario conservará todos los registros del club y preparará las actas de todas las reuniones del club y de la junta directiva.
4. Tesorero. El tesorero tendrá a su cargo la custodia de los fondos del club, manteniendo al día el registro de todas las operaciones y depositando tales fondos en un banco aprobado por la junta directiva. Todos los desembolsos los efectuará de acuerdo con el procedimiento determinado por la junta directiva. En cada reunión del club, presentará un informe del estado
financiero del club y mantendrá la documentación respectiva a disposición de cualquier socio que desee revisarla.
5. Junta directiva. La junta directiva será el organismo que rige el club, como lo disponen los estatutos. Presentará anualmente un informe a fin de mantener enterados a los socios de las operaciones del club. A las reuniones ordinarias de la junta directiva, que deberán celebrarse por lo menos una vez al mes, podrá asistir todo socio que se encuentre en pleno goce de sus derechos. Sin embargo, los socios que asistan a tales reuniones no podrán hacer uso de la palabra sin previa autorización de la directiva.
ARTÍCULO III — Reuniones
1. Las reuniones del club se celebrarán por lo menos dos veces al mes y las reuniones de la directiva por lo menos una vez al mes, en el lugar y hora más convenientes para los socios.
2. Una mayoría de los socios en pleno uso de todos sus derechos, constituirá quórum para las reuniones ordinarias y extraordinarias del club. Cuatro miembros de la directiva, uno de los cuales deberá ser el presidente o el vicepresidente, constituirán quórum para una reunión de la directiva. Ninguna reunión del club o de la directiva se considerará oficial a menos que
un miembro del Comité de Interact del club rotario patrocinador asista a ella.
ARTÍCULO IV — Cuotas
1. La cuota de ingreso será de . La cuota anual será de por cada socio.
2. Todo socio deberá pagar su cuota de ingreso y las cuotas anuales que le correspondieran para ser considerado en pleno goce de sus derechos.
ARTÍCULO V — Comités
1. Sujeto a la aprobación de la directiva, el presidente nombrará los siguientes comités permanentes:
A. Comprensión Internacional. Este comité será responsable en primer término de idear planes y medidas que estimulen la comprensión internacional entre los socios, en la escuela, en la comunidad y en otras áreas. Tendrá el deber de planear e iniciar anualmente una actividad de importancia en el campo de su especialidad, en la que deberán participar todos o la mayor parte de los socios del club.
B. Servicio. Este comité tendrá la responsabilidad de idear por lo menos una actividad anual de importancia, que no sea de carácter internacional y en la que deberán participar todos o la mayor parte de los socios del club.
C. Finanzas. Este comité ideará planes y medidas para financiar cualquier actividad del club para cuya realización se necesiten fondos, en colaboración con el comité respectivo.
D. Club. Este comité será responsable de la asistencia, la composición del cuadro social, los programas, el compañerismo, las relaciones públicas y demás asuntos que se consideren apropiados.
2. Ningún comité pondrá en práctica los planes que hubiera elaborado hasta tanto éstos hayan sido aprobados por una mayoría de los socios del club.
ARTÍCULO VI — Enmiendas
1. Este reglamento podrá ser modificado durante una reunión ordinaria o extraordinaria del club, en la cual haya quórum, por el voto de la mayoría de socios en pleno goce de sus derechos, siempre que se hubiera notificado, durante una reunión del club en la que haya quórum, celebrada por lo menos catorce días antes, la intención de efectuar tal votación, y siempre que la enmienda cuente con la aprobación del club rotario patrocinador.
2. Este reglamento no podrá contravenir en ninguna forma lo dispuesto en los estatutos del club.
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